miércoles, 10 de septiembre de 2014

Contra el PPucherazo

Nota: El Grupo Municipal de Izquierda Unida en Santo Domingo de la Calzada defenderá en el próximo Pleno de la Corporación esta moción para defender un sistema electoral justo, directo y proporcional contra las malas artes y trampas que plantea el Gobierno del PP.

MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA PARA LA DEFENSA DE UNA SISTEMA DE ELECCIÓN JUSTO, DEMOCRÁTICO Y PROPORCIONAL DE LAS CORPORACIONES LOCALES.

ANTECEDENTES Y MOTIVOS

El ámbito local es un espacio complejo y plural donde se producen cambios y transformaciones constantes. Es la institución más cercana para la resolución de los problemas de la ciudadanía y para la mejora de las condiciones de vida de la gente. Los Ayuntamientos han sido capaces de afrontar los grandes retos y cambios culturales de finales del siglo XX: los fenómenos migratorios, los nuevos modelos familiares, la dependencia y el envejecimiento de la población. En estos inicios del siglo XXI, son el principal baluarte contra la crisis, el espacio de resistencia, de dignidad, de defensa de los derechos de ciudadanía; el ámbito donde generar alternativas sociales y económicas para combatir los efectos de la crisis y los recortes.

Desde IU defendemos un modelo de municipio libre, que desarrolle la autonomía local y las competencias, con recursos suficientes para hacerlas efectivas. La educación, el empleo, los servicios sociales, las políticas de igualdad, la cultura, la solidaridad y el derecho a la vivienda son claves para construir ciudadanía. Defendemos un municipalismo que integre valores paisajísticos, territoriales y del espacio natural, que pueda desarrollarse y reconocerse en la Carta Europea de Autonomía Local, y que esté basado en los principios de simplificación, transparencia, modernización, autonomía, subsidiariedad, diferenciación, equilibrio territorial, desarrollo sostenible y suficiencia financiera para atender a las necesidades de los vecinos.

Los municipios han sido desde 1979 la expresión más clara de democracia en nuestro país. Son la administración más cercana y se configuraron como las entidades donde la democracia es más palpable, siendo además la primera experiencia de descentralización política. Consideramos imprescindible conservar ese papel garantizado por un sistema electoral que, sin ser perfecto, permite que las opciones políticas significativas en las que se organiza la ciudadanía (mayorías y minorías) en cada municipio hayan configurado gobiernos locales con un respaldo mayoritario del voto popular a través de un sistema de representación proporcional contemplado en la CE.

La democracia no es compatible con un gobierno municipal que no refleje la mayoría de los votos expresada en las elecciones. No se puede obtener la mayoría de gobierno y la alcaldía, si no tiene el respaldo de la mayoría de los votantes. Es más, el art. 140 de la CE establece que el voto de los vecinos será igual, por tanto, debe tener el mismo valor y producir los mismos efectos en la elección directa de los concejales. La atribución del alcalde a la lista más votada es un pucherazo en toda regla, son procedimientos propios del sistema de la Restauración borbónica del siglo XIX, donde a base de trampas una minoría siempre ostentaba el poder. En todo caso, con esos supuestos, el número de ayuntamientos cuyo alcalde no estaría apoyado por la mayoría de los electores sería muy elevado. La democracia quedaría seriamente afectada y los criterios de proximidad y participación vulnerados.

Por lo expuesto, se propone al Pleno del Ayuntamiento de Santo Domingo de la Calzada la adopción de los  siguientes acuerdos:


1.      Manifiesta su oposición a cualquier reforma relativa al método de elección de las Corporaciones Locales y, muy especialmente a:

a) La atribución de cualquier prima de representación por concejales a la lista o listas más votadas, por vulnerar los principios de proporcionalidad y voto igual establecidos constitucionalmente.

b) La atribución de la alcaldía a la lista más votada, cuando no tenga el respaldo de la mayoría de los concejales elegidos en voto igual y directo mediante un sistema proporcional y una vez constituido el Pleno del Ayuntamiento, órgano máximo de la Corporación Municipal.

c) La constitución del Pleno Municipal por concejales que no hayan sido elegidos en el mismo acto electoral mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto, tal como establece el art. 140 de la Constitución Española.

2.      Dar traslado de los  acuerdos  al Gobierno de la Nación y a todos los Grupos Parlamentarios del Congreso de Diputados.



Santo Domingo de la Calzada a 4 de Septiembre de 2014






No hay comentarios:

Publicar un comentario