martes, 8 de septiembre de 2020

Moción para garantizar el acceso público a las sesiones plenarias por medios digitales

 ANTECEDENTES Y MOTIVOS

El carácter público de las sesiones del Pleno está establecido en el artículo 70.1 de la Ley de Bases de Régimen Local y viene reiterado en los artículos 88.1 y 227 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. 

Esta publicidad de las sesiones implica que cualquier ciudadano puede asistir y presenciar el debate y la votación de los asuntos, con la excepción de la posibilidad de acordar el carácter secreto de aquellos debates y votaciones que afecten a asuntos en los que se vean afectados los derechos fundamentales del artículo 18.1 de la Constitución Española, esto es, honor, intimidad personal y familiar y propia imagen.

La Constitución Española, en su artículo 20.1 apartado d, reconoce y protege el derecho a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión, lo que constituye un pilar fundamental de nuestro sistema democrático, la libre opinión pública. Por eso entendemos que cualquier vecino o vecina tiene derecho a conocer lo que sucede en los Plenos con independencia de la cobertura que puedan llevar a cabo los medios de comunicación.

Por otro lado, el artículo 69.1 de la Ley de Bases de Régimen Local establece que las corporaciones locales facilitarán la más amplia información sobre su actividad y la participación de todos los ciudadanos en la vida local.

La situación extraordinaria de pandemia provocada por el coronavirus supone adoptar una serie de medidas extraordinarias que han alterado de manera muy significativa el desarrollo de las sesiones plenarias del Ayuntamiento de Santo Domingo de la Calzada, con una merma en los derechos anteriormente señalados.

Desde el Grupo Municipal de Izquierda Unida de Santo Domingo de la Calzada consideramos que la tecnología nos brinda posibilidades que garantizan el cumplimiento de esos derechos, no solo en esta situación extraordinaria, si no también en el marco del objetivo de transparencia y participación al que deben aspirar las instituciones públicas.

 Ayuntamientos de una entidad similar a Santo Domingo de la Calzada (Buñol, Calamocha, Guardo, Calahorra…etc.) ya han dado pasos en este sentido y sus sesiones plenarias son retrasmitidas en directo y posteriormente publicadas y accesibles para cualquier ciudadano. 

Por lo expuesto anteriormente, proponemos al Pleno de la Corporación Municipal de nuestra ciudad la adopción del siguiente acuerdo:

 1.       Las sesiones de los Plenos serán de acceso público a través de su emisión en directo a través de la página web del Ayuntamiento y posteriormente podrán ser visionados en un apartado propio de la página web municipal, para facilitar el acceso a los miembros de la Corporación, los distintos grupos políticos y el vecindario en general, siempre y cuando la grabación haya sido editada para respetar las limitaciones que pudieran existir en materia de protección de datos.

 Santo Domingo de la Calzada a 8 de Septiembre de 2020




No hay comentarios:

Publicar un comentario