lunes, 28 de septiembre de 2020
El pleno de Santo Domingo informa mañana de la recomposición del equipo municipal
martes, 15 de septiembre de 2020
IU pide que se cree un consejo que vele por la oferta de actos culturales seguros
lunes, 14 de septiembre de 2020
IU Santo Domingo pide la creación de un Consejo Sectorial de Cultura
La formación quiere que ayuntamiento y asociaciones aborden la manera de ofertar una programación cultural con seguridad
viernes, 11 de septiembre de 2020
IU Santo Domingo propone que regresen las actividades culturales a la localidad en “un entorno seguro”
IU en Santo Domingo de la Calzada pide iniciar el procedimiento para el establecimiento de un Consejo Sectorial de Cultura
jueves, 10 de septiembre de 2020
Izquierda Unida de Santo Domingo llevará al pleno la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del IBI
martes, 8 de septiembre de 2020
Moción para modificar la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles incluyendo bonificaciones potestativas
ANTECEDENTES Y MOTIVOS
Somos conscientes de la limitada capacidad que tienen los ayuntamientos a nivel fiscal. Sin embargo, hay aspectos legales muy interesantes que permiten una fiscalidad a nivel municipal más justa y progresiva para los vecinos, tal y como propugna el artículo 31.1 de la Constitución Española, a la par que incentiva determinados sectores sociales y actividades socio-económicas que deberían ser un motor de desarrollo y bienestar para el municipio.
Entre las
medidas concretas que planteamos se encuentra la inclusión en nuestra Ordenanza
Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, de una serie de bonificaciones
potestativas de las contempladas en el artículo 74 del texto refundido de la Ley
Reguladora de Haciendas Locales 2/2004 de 5 de Marzo que se aplicarían a los
siguientes supuestos:
-
Inmuebles de
organismos públicos de investigación y los de enseñanza universitaria. Sería
muy interesante promover el establecimiento de entidades de este tipo en
nuestro municipio.
-
Inmuebles que
sean Patrimonio Histórico no exento los términos de la citada ley. El Casco
Histórico de nuestro municipio necesita de un especial apoyo para su
rehabilitación integral y la inclusión de esta bonificación puede ser una
herramienta útil que debe ser acompañada de otras muchas actuaciones.
-
Inmuebles en los
que se desarrollen actividades económicas que sean declaradas de especial interés
o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales, culturales,
histórico artísticas o de fomento del empleo. El apoyo a los valores
sociales, culturales, histórico artísticos y de fomento del empleo siempre han
sido y serán una prioridad para este grupo municipal.
-
Sujetos pasivos
que ostenten la condición de titulares de familia numerosa. El apoyo a este
tipo de familias combate el envejecimiento de la población y hace que se
convierta en una herramienta más para luchar contra la despoblación del medio rural.
-
Inmuebles en los
que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de
la energía proveniente del sol. La crisis climática es uno de los retos más
importantes que el ser humano tiene que afrontar en el siglo XXI. Promover la
instalación de energías limpias y respetuosas con el medio ambiente debe ser
una prioridad en todos los ámbitos.
-
Inmuebles de uso
residencial destinados a alquiler de vivienda con renta limitada por una norma
jurídica. Promover políticas desde todas las administraciones para
garantizar el derecho a una vivienda digna como propugna el artículo 47 de la
Constitución Española no debiera estar sometido a debate.
Por lo expuesto anteriormente, proponemos al Pleno de la Corporación Municipal de nuestra ciudad la adopción del siguiente acuerdo:
1. Iniciar el procedimiento para modificar la Ordenanza
Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles incluyendo las
bonificaciones potestativas contempladas en el Artículo 74.2 bis, 74.2 ter,
74.2 quáter, 74.4, 74.5 y 74.6, conforme a lo establecido en el texto refundido
de la Ley Reguladora de Haciendas Locales 2/2004 de 5 de Marzo. Para ello se fijarán
los criterios sustantivos y formales para la aplicación de las mismas,
documentación legal a aportar y bonificación hasta el máximo legal en cada caso
de la cuota íntegra del impuesto.
2. Dicha modificación deberá estar vigente
antes del 1 de enero de 2021 para posibilitar su aplicación al próximo
ejercicio.
Santo Domingo de la Calzada a 8 de Septiembre de 2020
IU Santo Domingo plantea la inclusión de bonificaciones en la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Radio Haro
Los hace a través de una moción presentada en el Ayuntamiento para su inclusión en el próximo pleno municipal. En concreto, se propone:
Moción para garantizar el acceso público a las sesiones plenarias por medios digitales
ANTECEDENTES Y MOTIVOS
El carácter público de las sesiones del Pleno está establecido en el artículo 70.1 de la Ley de Bases de Régimen Local y viene reiterado en los artículos 88.1 y 227 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Esta publicidad de las sesiones implica que cualquier ciudadano puede asistir y presenciar el debate y la votación de los asuntos, con la excepción de la posibilidad de acordar el carácter secreto de aquellos debates y votaciones que afecten a asuntos en los que se vean afectados los derechos fundamentales del artículo 18.1 de la Constitución Española, esto es, honor, intimidad personal y familiar y propia imagen.
La Constitución Española, en su artículo 20.1 apartado d, reconoce y protege el derecho a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión, lo que constituye un pilar fundamental de nuestro sistema democrático, la libre opinión pública. Por eso entendemos que cualquier vecino o vecina tiene derecho a conocer lo que sucede en los Plenos con independencia de la cobertura que puedan llevar a cabo los medios de comunicación.
Por otro lado, el artículo 69.1 de la Ley de Bases de Régimen Local establece que las corporaciones locales facilitarán la más amplia información sobre su actividad y la participación de todos los ciudadanos en la vida local.
La situación extraordinaria de pandemia provocada por el coronavirus supone adoptar una serie de medidas extraordinarias que han alterado de manera muy significativa el desarrollo de las sesiones plenarias del Ayuntamiento de Santo Domingo de la Calzada, con una merma en los derechos anteriormente señalados.
Desde el Grupo Municipal de Izquierda Unida de Santo Domingo de la Calzada consideramos que la tecnología nos brinda posibilidades que garantizan el cumplimiento de esos derechos, no solo en esta situación extraordinaria, si no también en el marco del objetivo de transparencia y participación al que deben aspirar las instituciones públicas.
Por lo
expuesto anteriormente, proponemos al Pleno de la Corporación Municipal de
nuestra ciudad la adopción del siguiente acuerdo:
1. Las sesiones de los Plenos serán de acceso público a través de su emisión en directo a través de la página web del Ayuntamiento y posteriormente podrán ser visionados en un apartado propio de la página web municipal, para facilitar el acceso a los miembros de la Corporación, los distintos grupos políticos y el vecindario en general, siempre y cuando la grabación haya sido editada para respetar las limitaciones que pudieran existir en materia de protección de datos.
Moción para el establecimiento de un Consejo Sectorial de Cultura
ANTECEDENTES Y MOTIVOS
Por lo expuesto anteriormente, proponemos al Pleno de la Corporación Municipal de nuestra ciudad la adopción del siguiente acuerdo:
1. Iniciar el procedimiento para el establecimiento de un Consejo Sectorial de Cultura.